domingo, 31 de enero de 2016

Que es el Parlamento Andino

El 25 de octubre de 1.979, se suscribió el Tratado Constitutivo del Parlamento Andino, institucionalizándolo como el órgano deliberante y representante de los pueblos de la Comunidad Andina. Posteriormente, en 1.996 el Acuerdo de Cartagena le otorgó funciones supranacionales,  como la instancia de Control Político del Sistema Andino de Integración. 
Los Parlamentarios Andinos realizan labores de gestión parlamentaria, desarrollo normativo y representación popular en temas vinculados al proceso andino de integración como educación, movilidad, migraciones, derechos socio laborales, energía, medio ambiente y cambio climático, convivencia y seguridad ciudadana, seguridad y soberanía alimentaria, competitividad y emprendimiento, entre otros.
El Parlamento Andino está integrado por cinco representantes de cada país miembro: Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú, y Chile como país asociado.
 El Parlamento Andino es el órgano deliberante del Sistema, su naturaleza es comunitaria, representa a los pueblos de la Comunidad Andina y estará constituido por representantes elegidos por sufragio universal y directo, según procedimiento que se adoptará mediante Protocolo Adicional que incluirá los adecuados criterios de representación nacional.

En tanto se suscriba el Protocolo Adicional que instituya la elección directa, el Parlamento Andino estará conformado por representantes de los Congresos Nacionales, de conformidad a sus reglamentaciones internas y al Reglamento General del Parlamento Andino.

La sede permanente del Parlamento Andino estará en la ciudad de Santafé de Bogotá, Colombia.


Son atribuciones del Parlamento Andino:
  • Participar en la promoción y orientación del proceso de la integración subregional andina, con miras a la consolidación de la integración latinoamericana.
  • Examinar la marcha del proceso de la integración subregional andina y el cumplimiento de sus objetivos, requiriendo para ello información periódica a los órganos e instituciones del Sistema.
  • Formular recomendaciones sobre los proyectos de presupuesto anual de los órganos e instituciones del Sistema que se constituyen con las contribuciones directas de los Países Miembros.
  • Sugerir a los órganos e instituciones del Sistema las acciones o decisiones que tengan por objeto o efecto la adopción de modificaciones, ajustes o nuevos lineamientos generales con relación a los objetivos programáticos y a la estructura institucional del Sistema.
  • Participar en la generación normativa del proceso mediante sugerencias a los órganos del Sistema de proyectos de normas sobre temas de interés común, para su incorporación en el ordenamiento jurídico de la Comunidad Andina.
  • Promover la armonización de las legislaciones de los Países Miembros.
  • Promover relaciones de cooperación y coordinación con los Parlamentos de los Países Miembros, los órganos e instituciones del Sistema, así como con los órganos parlamentarios de integración o cooperación de terceros países.
*Datos recogidos de su sitio web
Sitio Web: www.parlamentoandino.org
Datos de su sede central:
Secretaría General / Bogotá - Colombia
AK 14   No. 70 A -61.
Teléfonos (571) 3266000
Fax: (571) 3482805
E-mail: carias@parlamentoandino.org